Durante estos últimos días la prensa informa sobre el llamado CÁRTEL DE COCHES, esto es, de un grupo de empresas que intercambiaron información comercial, para fijar el precio de los vehículos, con un sobreprecio injustificado.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha ratificado una sanción de 171 millones, que impuso la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia el 23 de julio de 2015 a un grupo de 21 fabricantes de coches. La sanción se basa en la existencia de un cártel, y el Tribunal Supremo llega a la conclusión de que «un intercambio de información entre empresas competidoras referente a precios y otros aspectos comerciales» era sancionable, pues tiende a homogeneizar los comportamientos comerciales, lo que implicaría: pactar precios, limitar descuentos, compartir información, y buscar la reducción de la libre competencia en el mercado durante 7 años. Esta Sentencia en la práctica supone que los afectados pueden reclamar una indemnización.
Las marcas implicadas representan un porcentaje superior al 90% de la cuota de mercado, lo que se traduce en unos 10.000.000 de vehículos afectados, y en especial son: Citroën, Mitsubishi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Jeep, Dodge, Fiat, Alfa Romeo, Lancia, Ford, Opel, Honda, Hyundai, KIA, Mercedes Benz, Nissan, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Lexus, Toyota, Audi, Skoda, VW, Saab y Volvo.
Si adquiriste un coche por compra, leasing o renting, entre 2006 y 2013, de una de las más de 20 marcas afectadas, puedes reclamar. Tanto particulares como autónomos o empresas pueden hacerlo. El reclamante deberá contar con la factura de compra y el justificante de la adquisición (contrato de compra, permiso de circulación, movimiento bancario…), y la ficha técnica del vehículo.
Llámanos ya seas particular, autónomo o empresa, si compraste un vehículo de alguna de estas marcas entre los años 2006 y 2013, te ayudamos a reclamar tu indemnización.
Desde IURE LICET ABOGADOS, con sede en Bilbao, atendemos todas las consultas sobre el cártel de los coches.
Salvadora Álvarez Moreno
Abogada
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha ratificado una sanción de 171 millones, que impuso la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia el 23 de julio de 2015 a un grupo de 21 fabricantes de coches. La sanción se basa en la existencia de un cártel, y el Tribunal Supremo llega a la conclusión de que «un intercambio de información entre empresas competidoras referente a precios y otros aspectos comerciales» era sancionable, pues tiende a homogeneizar los comportamientos comerciales, lo que implicaría: pactar precios, limitar descuentos, compartir información, y buscar la reducción de la libre competencia en el mercado durante 7 años. Esta Sentencia en la práctica supone que los afectados pueden reclamar una indemnización.
Las marcas implicadas representan un porcentaje superior al 90% de la cuota de mercado, lo que se traduce en unos 10.000.000 de vehículos afectados, y en especial son: Citroën, Mitsubishi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Jeep, Dodge, Fiat, Alfa Romeo, Lancia, Ford, Opel, Honda, Hyundai, KIA, Mercedes Benz, Nissan, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Lexus, Toyota, Audi, Skoda, VW, Saab y Volvo.
Si adquiriste un coche por compra, leasing o renting, entre 2006 y 2013, de una de las más de 20 marcas afectadas, puedes reclamar. Tanto particulares como autónomos o empresas pueden hacerlo. El reclamante deberá contar con la factura de compra y el justificante de la adquisición (contrato de compra, permiso de circulación, movimiento bancario…), y la ficha técnica del vehículo.
Llámanos ya seas particular, autónomo o empresa, si compraste un vehículo de alguna de estas marcas entre los años 2006 y 2013, te ayudamos a reclamar tu indemnización.
Desde IURE LICET ABOGADOS, con sede en Bilbao, atendemos todas las consultas sobre el cártel de los coches.
Salvadora Álvarez Moreno
Abogada